jueves, 20 de mayo de 2010


Decisión de Corte suspende entrega de tierras

Decisión de Corte suspende entrega de tierras

Una de las entregas de tierras más grandes de la historia del país, que pretendía realizar hoy el Gobierno Nacional a las comunidades de Curvaradó y Jiguamiandó, Chocó, le salió al paso ayer un auto de la Corte Constitucional que frena tal decisión, con el argumento de que así protege a los habitantes de ambas poblaciones.

Con su decisión, el Gobierno daba cumplimiento de una sentencia de tutela proferida por el Tribunal Administrativo de Chocó, del 9 de diciembre de 2009, que obligaba a la entrega real y material de 29 mil hectáreas ocupadas ilegalmente, las cuales ya han sido recuperadas. En total, el Gobierno devolvería a las comunidades negras de las poblaciones mencionadas 101.057 hectáreas, afirmó el ministro del Interior y Justicia, Fabio Valencia Cossio.

No obstante, cuando todo estaba previsto para la devolución de los territorios colectivos, la Corte Constitucional, informó a la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional sobre la suspensión inmediata de la medida.

Entre otras razones, el alto tribunal acogió denuncias de presuntas amenazas y supuestos hechos de corrupción que afectan a las poblaciones de Curvaradó y Jiguamiandó.

Además, la Corte advirtió al Gobierno y a las entidades territoriales sobre la necesidad de proteger a los habitantes de estas dos poblaciones y de vigilar los procedimientos que se siguen, en cuanto a la entrega de tierras y la explotación minera en esa región.

Específicamente, ordenó protección a los líderes comunitarios, Enrique Petro y María Chaverra.

Con ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas, el alto tribunal fijó un plazo de 20 días para que el Ministerio de Interior y de Justicia presente un censo (ya ordenado) de toda la población favorecida, el cual deberá contar con la veeduría de la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General de la Nación, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y agencias de Naciones Unidas presentes en la zona.

Tal censo, según la Corte, llevaría a la elección del Consejo Comunitario Mayor.

Otras de las órdenes impartidas por la Corte está relacionada con la veeduría que deberá implementarse a la hora de conformar los consejos comunitarios de estas dos poblaciones, para esto el alto tribunal exigió la presencia en el proceso de organismos internaciones, como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, de las brigadas internaciones de paz y de ACNUR.

Respuesta del Gobierno
Frente a la orden de la Corte de ordenar que la convocatoria a una "Asamblea General para la elección del Consejo Comunitario Mayor de Curvaradó", el Ministerio del Interior sostuvo que el altro tribunal "desconoce que el Consejo Comunitario no se elige, toda vez que éste se conforma por todos los miembros de una comunidad negra. Por lo tanto, no es claro si la ilegitimidad a la que hace referencia es a la Junta Directiva del Consejo Comunitario, y si es así, manifestamos que solo los miembros del Consejo Comunitario, en virtud de su autonomía, pueden convocar la elección de una nueva Junta".

El Ministerio, además, aclaró que actualmente hay una Junta elegida por la comunidad, reconocida por la Alcaldía del Carmen del Darién y registrada por el Ministerio del Interior y de Justicia, conforme al Decreto 1745 de 1995 y el 3770 del 2008. Precisó que al día de hoy no tiene conocimiento de una nueva Junta que haya sido reconocida por la Alcaldía del Carmen del Darién.

El Ministerio aclaró que una propiedad colectiva no se entrega a la Junta Directiva sino a los Consejos Comunitarios, que son los verdaderos detentores de esta propiedad y la Junta es sólo un ente administrador del territorio.

» Contexto

Tierras son propiedades ancestrales

Las 101.057 hectáreas que serían entregadas a las comunidades afrodescendientes de Chocó, en las regiones de Curvaradó y Jiguamiandó, corresponden a las resoluciones Nº 2809 y 2801 del 22 de noviembre del 2000, por el antiguo Incora, y la 702 y 703 del 22 de marzo del 2006, proferidas por el Incoder, las cuales se encuentran en firme. Así mismo, conforme a las resoluciones de deslinde expedidas por el Incoder número 2159 del 24 de agosto del 2007, 2424 del 10 de septiembre del 2007, 2921 del 2 de noviembre del 2007, 3447 del 19 de noviembre del 2007 y 3472 del 11 de septiembre del 2007 y la 2842 del 25 de octubre del mismo año.




Fuente: El Colombiano

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